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Quedarse en números rojos o generar un descubierto en la cuenta corriente es un problema que puede ocurrirnos si hemos realizado una mala previsión de los cobros o pagos, hemos tenido un imprevisto o ha existido algún tipo de retraso en el cobro de nuestra nómina o ingresos.
Dentro de las distintas ofertas que presentan las entidades financieras, existe una práctica habitual para mejorar el trato con el cliente y sus propias finanzas personales que le permite atender pagos de recibos domiliados o realizar disposiciones de efectivo dejando la cuenta con saldo acreedor a favor del banco; los famosos números rojos.
En estos casos, las condiciones financieras que tenemos estipuladas en la contratación de la cuenta corriente no cambian, dado que en los contratos de apertura de cuenta se reflejan las condiciones de descubiertos en cuenta, los tipos de interés acreedores repercutibles junto con las comisiones que se pueden cobrar por estos números rojos.
Tipos de comisiones e intereses
Un descubierto en cuenta corriente puede originar como máximo las siguientes comisiones:
- Reclamación por posición deudora: que se origina cuando han transcurrido entre tres y siete días con la cuenta al descubierto. Este intervalo de tiempo varía en función de la entidad financiera y se cobra una cantidad fija por la apertura de la posición deudora. Los importes que se cobran oscilan desde los 10 euros a los 45 euros, en función de la entidad y tipo de cuenta que tengamos contratada.
- Comisión sobre mayor descubierto: porcentaje que se aplica sobre la mayor cantidad acreedora que tenga la cuenta en el periodo de cálculo de la liquidación de intereses. Este porcentaje es un porcentaje fijo que se cobra una sola vez durante la vigencia del descubierto y que puede oscilar desde un 1% a un 4,5% sobre la mayor de las cantidades.
- Interés acreedor: es el interés que se origina por el dinero que nos ha prestado el banco durante la vigencia del descubierto. Este tipo de interés se calcula mediante el método hamburgués y su porcentaje depende del tipo de cuenta que tengamos aperturada y del perfil del cliente.
Respecto los intereses acreedores, debemos diferenciar si nuestra cuenta tiene la catalogación de ser un producto al consumidor o un producto empresarial. En el caso de productos al consumo y ser clientes finales, el tipo de interés máximo aplicable por estas posiciones deudoras se limita a 2,5 veces el interés legal del dinero, es decir, un 10% maximo con el interés legal al 4% como está ahora. Situación que no es aplicable a cuentas de empresa o de profesionales y autónomos.
Ejemplo práctico y necesidad de descubiertos
Imaginemos que se retrasa mi nómina diez días y que requiero unos descubiertos de 300 euros para atender los recibos domiciliados de teléfono, luz, agua… Mi entidad me aplica 30 euros por la apertura de posición, y un 3% sobre mayor descubierto con unos intereses del 9%. El
coste de este descubierto durante 10 días asciende a 41 euros aproximadamente.
Bajo mi punto de vista, esos recibos pueden esperar o incluso podemos atender el pago a posterior, porque aunque originen molestias el coste financiero será menor. Para estos casos, es aconsejable pactar con nuestra entidad financiera que no nos generen descubiertos en la cuenta corriente, como mecanismo para ahorrar dinero y disminuir el impacto de las comisiones bancarias en nuestras finanzas personales.
En Actibva | La cuenta corriente y las buenas prácticas bancarias, Manual práctico de productos financieros: la cuenta corriente
Más Información | Consumer
Imagen | Carlos Zetina
Remo, editor de Pymes y Autónomos y El Blog Salmón
Comentarios
interesante
Una buena gestión en la concesión de descubiertos puntuales a clientes serios puede suponer una magnífica labor comercial, fidelizando al cliente. Eso hay directores de la nueva escuela que no saben ni hacerlo.
Muy bueno el apunte Pau.
Personalmente creo que los mejor es nunca tener descubiertos. Al menos yo nunca los he tenido (y espero no tenerlos).
Como dice PAu, estrategia comercial de antigua usanza que ya ni siquiera se sabe aprovechar de manera efectiva.
Lo ideal javier, no tenerlos desde luego
Hola, yo tenía mi cuenta corriente con dos euros,mi situación económica no está bien.....pero pago religiosamente mi hipoteca.Me han cobrado el seguro de amortización vinculado a la hipoteca, unos 963 euros que tengo en negativo. Si no me pagan el recibo de la luz si me faltase unos euros ¿ Cómo me pasan tal recibo ? No tengo forma de pagarlo....El banco dice que lo arregle con la aseguradora. La aseguradora con el banco, y pasó el tiempo de solicitar la baja y aqui estoy con éste gran problema....Mi pensamiento es de no hacer nada pero como he leido lo de los descubiertos......
Hola, yo tenía mi cuenta corriente con dos euros,mi situación económica no está bien.....pero pago religiosamente mi hipoteca.Me han cobrado el seguro de amortización vinculado a la hipoteca, unos 963 euros que tengo en negativo. Si no me pagan el recibo de la luz si me faltase unos euros ¿ Cómo me pasan tal recibo ?
Maite, si el cargo ha sido por domiciliación bancaria, es probable que puedas devolverlo. No obstante, ten presente es posible que el seguro sea obligatorio si está vinculado a la vivienda y préstamo hipotecario