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Guía Práctica de novedades del IRPF 2011

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El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del ejercicio 2011 que ahora termina incluye diversas novedades que afectan a varios apartados del impuesto. Modificaciones en deducciones, en algunos casos llegando a la supresión; nuevos tramos; etc.

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Cambios en la deducción por compra de vivienda habitual

Esta modificación se aplicará exclusivamente a aquellos contribuyentes que hayan adquirido su vivienda habitual desde el 1 de enero de 2011. Hasta ahora la deducción se aplicaba indiscriminadamente, con esta modificación se diferencian tres supuestos:

  • Cuando la base imponible del contribuyente sea igual o inferior a 17.707,20 euros anuales no se modifican las condiciones y se aplicará la deducción como hasta ahora. Eso sí, la base máxima de deducción será 9.040 euros anuales.
  • Cuando la base imponible del IRPF esté entre 17.707,20 y 24.107,20 euros anuales, se aplicará la deducción teniendo en cuenta que la base máxima a deducir se calculará restando a 9.040 euros el resultado de multiplicar por 1,4125 la diferencia entre la base imponible del contribuyente y 17.707,20 euros anuales.
  • Los contribuyentes cuya base imponible sea superior a 24.107,20 euros no podrán aplicar la deducción por vivienda habitual.

Otras deducciones sobre la vivienda

Las personas que vivan de alquiler pueden aplicar una deducción por alquiler de vivienda habitual. Si su base imponible es inferior 24.107,20 euros anuales podrán deducir el 10,05% de las cantidades pagadas. Hay unos límites en esta deducción que se aplicarán de la forma siguiente:

  • Cuando la base imponible es igual o inferior a 17.707,20 euros anuales, la deducción máxima a aplicar será de 9.040 euros anuales.
  • Cuando la base imponible está comprendida entre 17.707,20 y 24.107,20 euros anuales, la deducción máxima se obtendrá restando a 9.040 euros el resultado de multiplicar por 1,4125 la diferencia entre la base imponible y 17.707,20 euros anuales.

Los arrendadores pueden aplicar una reducción de los rendimientos del capital inmobiliario obtenidos por los alquileres. Esta reducción pasa, con carácter general, del 50% al 60%, pero, además se aplicará el 100% cuando el arrendatario se encuentre entre los 18 a 30 años. Esta reducción del 100% se aplicaba hasta los 35 años y se ha modificado pero xclusivamente para los contratos celebrados desde el 1 de enero de 2011.

Nuevos tramos en el Impuesto

La modificación del impuesto ha supuesto la inclusión de dos nuevos tramos para el cálculo de los tipos marginales en el tramo estatal del IRPF. Cuando las bases liquidables generales se sitúen entre 120.000 y 175.000 euros se aplicará un tipo del 22,5%. Los que superen esos 175.000 euros tedrán que aplicar un tipo del 23,5%. Los tramos del impuesto quedará a partir de ahora de la manera siguiente:

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Otros cambios

Ha habido modificaciones también en lo que respecta a los rendimientos del trabajo cuyo período de generación sea superior a dos años considerados irregulares porque no se obtienen de forma periódica o recurrente. A éstos se les podrá aplicar una reducción del 40% cuando no superen los 600.000 euros anuales. Si superaran esta cantidad sólo podrán aplicar la reducción en los primeros 600.000 euros.

Los contribuyentes del IRPF que tributen por actividades económicas mediante estimación directa podrán aplicar la libertad de amortización para los elementos nuevos del activo material fijo. El límite de amortización estará fijado por el rendimiento neto positivo de la actividad económica a la que se afecten los elementos patrimoniales previo a la deducción por este concepto.

Se modifican las reducciones de capital de las SICAV que sirvan como devolución de aportaciones. En estos casos el importe obtenido o el valor de mercado de los bienes o derechos percibidos tributará como rendimientos del capital mobiliario con unos límites. El exceso minorará el valor de adquisición hasta dejarlo a cero y, si aún se hubiera percibido más, ese exceso también será rendimiento del capital mobiliario. Además, cuando se distribuya prima de emisión todo lo percibido se considerará rendimiento del capital mobiliario. Esta modificación surtió efecto con fecha 23 de septiembre de 2010.

Además se suprime, con efecto 1 de enero de 2011, la deducción por nacimiento o adopción, el cheque-bebé. Los nacimientos que se hubieran producido en 2010 y las adopciones que se hubieran constituido en dicho año, darán derecho en el citado período impositivo a la deducción por nacimiento o adopción.

En Actibva | Renta 2011: la deducción por compra de vivienda habitual

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