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IRPF: exención por reinversión en vivienda habitual y la burbuja inmobiliaria

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vivienda habitual
El Debate sobre el Estado de la Nación ha dejado un revuelo en materia fiscal relativo al futuro de la deducción por vivienda habitual que no ha pasado desapercibido a nadie. La justificación que se ha dado para llevar a cabo esta medida ha sido para proceder a eliminar la componente de incremento en el precio que ha experimentado la vivienda gracias a esta deducción fiscal, desbloqueando a la vez el mercado inmobiliario.

En este debate salieron temas importantes a relucir como el porcentaje que se ha incrementado el precio de la vivienda desde el año 1999, cifrada en un 100%, así como la componente fiscal de la burbuja inmobiliaria. Es obvio que los precios se han duplicado e incluso mucho más de duplicarse en determinados sitios. Lo que no es tan obvio ni evidente que la burbuja inmobiliaria tenga una componente fiscal a la que tenemos que culpar.

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Las deducciones fiscales por vivienda habitual se remontan al ejercicio 1991, tanto para las cuentas vivienda, como para los pagos realizados en financiación ajena. Véase por ejemplo el RD 1841/1991 sobre el Reglamento del IRPF vigente hasta el año 99 que fue sustituido y moduló las deducciones en vivienda.

Mirando un poco hacia atrás, en la crisis de principios de los 90 también se encontraba una tesitura complicada con el mercado crediticio, el mercado inmobiliario y el desempleo. Y en dicha salida no se se modificaron las políticas fiscales sobre vivienda. Vale que ambas crisis no son comparables, pero el mercado inmobiliario se reactivó por sí solo, al mejorar toda la economía.

Por otra parte, lo que favorece velocidad en las transacciones de compraventa e incrementos en precios, no es precisamente la deducción por los pagos realizados, sino la exención por reinversión de beneficios en vivienda habitual. Este punto si ha provocado que los cambios que se han llevado de viviendas, los propios propietarios han tenido que buscar viviendas más caras para reinvertir el beneficio y no tributar por él.

Obviamente, eliminar esta deducción, si sería una verdadera locura, pero se actuaría frenando en seco el mercado a partir del 2011, si son los objetivos que de verdad se quiere perseguir.. Si vendo mi casa y pago un 18% del beneficio obtenido a Hacienda, según la ley actual de IRPF pierdo poder adquisitivo para mejorar ese cambio.

Pero esta deducción que se remonta al año 1991 como mínimo, no nos vale para justificar burbujas. No vale porque sólo es aplicable a la vivienda habitual y el mercado inmobiliario es mucho más amplio que la propia vivienda. Pensemos en viviendas vacacionales y segundas viviendas, locales, solares y todos aquellos bienens inmuebles.

Los particulares se favorecen del acceso a un bien de primera necesidad como es la vivienda habitual y todas las facilidades que se den son pocas, tanto para la compra como para el alquiler. A partir de ese punto que cada uno decida lo que quiere / puede permitirse.

Miremos mejor la ley del suelo, los impuestos recaudados por CCAA y ayuntamientos así como las consecuencias de las transferencias en materia urbanística a las comunidades. Alrededor de la construcción y la especulación urbanística, la cultura del pelotazo y la falacia de falsa riqueza que ha provocado bienes hipotecados quizá podamos explicar más fácilmente la burbuja inmobiliaria, sin realizar cálculos fiscales en la declaración de la renta.

Vía | Discurso de Apertura Debate de la Nación – José Luis Rodriguez Zapatero
Imagen | saba diji

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