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Segundo trabajo o colaboración: dos opciones para conseguir ingresos extras

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El número de personas que busca conseguir unos ingresos extraordinarios está creciendo gracias a la crisis. Esta tendencia no es nueva, sino que lleva tiempo en marcha, como demuestra un informe de Randstad según el cual ya en septiembre el número de personas que buscaban un segundo empleo era el doble que en 2007 y representaba un 30% de la demanda total. El sobreendeudamiento y los altos tipos de interés registrados hasta hace algunos meses (y que a muchos todavía les falta tiempo para registrar en sus hipotecas por la lejanía de la revisión) han hecho mella en las economías familiares, que buscan otras formas de engordar el dinero que entra cada vez en casa.


En general, no existe un perfil específico entre los demandantes de un segundo empleo, que varían desde trabajadores de media cualificación que pretenden incrementar sus ingresos y que cuentan con una jornada reducida o intensiva, hasta perfiles medios o bajos como peonaje o limpieza que ante la caída de las horas extraordinarias buscan otros medios de compensar su salario. En líneas generales los españoles buscan un segundo empleo que les ocupe entre cuatro y cinco horas adicionales en puestos de baja cualificación como teleoperador, azafata, atención al público y promotor. Además, en muchos casos tampoco se trata de trabajos realmente estables, sino con un horario cambiante del que gran parte se desarrolla durante el fin de semana.


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En la mayoría de los casos se trata de contratos laborales de duración determinada o por obra y servicios, por lo que el trabajador sólo tiene que preocuparse por cumplir con sus funciones, como en su empleo habitual. Sin embargo, esto no siempre es así. Existen otros medios de aumentar los ingresos que ‘se salen’ de este esquema al que está acostumbrada la mayoría de gente. Uno de los más habituales son las colaboraciones esporádicas, muy extendidas entre las llamadas profesiones liberales. Periodistas, diseñadores, restauradores, juristas… se han visto alguna vez en la situación, que se ha extendido gracias al uso de los blogs y los ingresos que generan.


En muchos casos estos ingresos extraordinarios no son tan estables o cuantiosos como para justificar darse de alta en la Seguridad Social en el régimen especial de trabajadores autónomos. ¿Existen alguna solución? Sí, ya que no siempre es necesario ser autónomo para emitir una factura por una trabajo, aunque esta es una de las creencias más extendidas. En realidad, cualquier persona física puede emitir una factura por un trabajo realizado, siempre que la actividad sea esporádica, según informan en la Seguridad Social.


En cualquier caso, lo que sí que habrá que hacer es inscribirse en el censo de empresarios, profesionales y retenedores para informar a Hacienda de la actividad que se está llevado a cabo. Para ello es necesario rellenar el Modelo 036 ó 037, que nos dará de alta en el llamado Impuesto de Actividades Económicas (IAE).


A la hora de cobrar los servicios habrá que presentar una factura que contenga, como mínimo el NIF del quien cobra por el servicio y la retención de IRPF, que generalmente se establece en el 15% y que después hay que reflejar en la declaración de la renta. En algunas facturas también habrá que imputar el 16% de IVA, aunque esto dependerá de la actividad económica concreta que se desarrolle. En caso de que fuese necesario incluir el IVA, también sería necesario realizar su liquidación trimestral con la Agencia Tributaria. Además, es recomendable que cada factura esté numerada para un mejor control contable.


Aunque para muchas personas el proceso puede parecer muy complicado, en realidad no lo es tanto y se puede solventar acudiendo una mañana a las oficinas de la Agencia Tributaria. A partir de ahí, sólo resta atenerse a la legalidad en cuanto a las facturas y no faltar a la cita trimestral con Hacienda.
Autor. José Trecet. Analista financiero de Financialred.com


Foto JuanJaén

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