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A la hora de buscar financiación existen diferentes alternativas. La más común y clásica consiste en acudir al banco y solicitrar un préstamo personal. Sin embargo, la actual falta de liquidez por parte de muchas entidades financieras y la cautela antes de conceder capital puede hacer que la operación se demore más de lo deseado. Y es que en ocasiones ese dinero hace falta de forma prácticamente inmediata. Ejemplos no faltan, desde una oferta puntual y de duración determinada, el vencimiento de una deuda, un problema de salud o un imprevisto doméstico. Desde un punto de vista teórico lo idea sería contar con un fondo de contingencia para estos casos, pero eso no siempre es posible, sobre todo en los tiempos que corren. Ademas, siempre es posible que el importe necesitado sobrepase nuestra previsión de ahorro.
Llegados a este punto de necesidad lo más lógico es descartar los préstamos personales tradicionales y buscar otras opciones de financiación, que pueden reducirse a dos si ‘pasamos de largo’ los préstamos de familiares y amigos: tarjetas de crédito o créditos exprés. El dinero de plástico es la alternativa más cómoda, ya que no hay que contactar con ninguna entidad no ofrecer ningún tipo de explicación. En caso de que se trata de una tarjeta de pago aplazado, hay que tener en cuenta que los intereses variarán del 12% al 20% dependiendo de las condiciones del ‘plástico’. Además, el límite de la tarjeta puede resultar insuficiente dependiendo de la cantidad de dinero necesaria.
La otra opción de la lista son los créditos rápidos, que durante los dos últimos años han experimentado fuertes crecimientos hasta convertirse en un medio relativamente habitual de financiación. En líneas generales se trata de préstamos por cantidades más o menos pequeñas que van desde los 3.000 hasta los 30.000 euros, aunque también hay ofertas hasta 120.000 euros, si bien estas suelen ser menos comunes. Su principal característica es la rapidez. En menos de 24 horas se puede tener el dinero solicitado en la cuenta sin apenas papeleo y sin tener que dar demasiadas explicaciones. De hecho, para contratarlos suele bastar con el DNI, una nómina y un recibo domiciliado en el banco, además, claro, de un número de cuenta corriente. Más fácil, complicado.
El ‘truco’ de estos productos radica precisamente en la facilidad con la que se conceden. No es que se trate del ‘demonio’. En realidad sólo son una opción de financiación más con sus ventajas y desventajas. El problema es que se dejan llevar por estas ventajas (rapidez y facilidad) sin reparar ni siquiera en las desventajas del producto que están firmando. Entre los males que se pueden achacar a estos créditos exprés destacan una publicidad que puede dar lugar a equívocos y unos tipos de interés desproporcionados que oscilan entre el 20% y el 25% en la mayoría de los casos.
Es mejor ir por partes. Como cualquier producto, a la hora de promocionar los créditos rápidos quienes los ofrecen hacen hincapié en sus bondades y tratan de ocultar los defectos. Por eso, el ‘gancho’ de estos préstamos es una reducida cuota mensual, que se repite por encima de otros datos más relevantes como el TAE que ofrecen. Por una pequeña cantidad al mes se puede acceder al dinero que se necesita. Además, es el cliente quien elije la cuota dentro de un amplio abanico de opciones que la entidad pone a su disposición. Al final, lo que estas cuotas mensuales esconden es un tipo de interés que limita con los máximos que permite la legislación actual.
En cualquier caso, no se puede culpar a las entidades que ofrecen estos créditos rápidos, que evidentemente tienen su utilidad en determinadas situaciones, sino a quienes firman un préstamo sin atender realmente a las condiciones que les ofrecen. En este sentido, lo primero que debemos hacer es fijarnos en el tipo de interés del préstamo, es decir, en su TAE, que debe comunicarse de forma obligatoria. Esto es lo que realmente dictará cuánto se pagará por el dinero que nos conceden.
A partir de ahí, y como hay que hacer con cualquier contrato, tanto de productos financieros como laboral o de servicio, debemos leer cuidadosamente el contrato y poner especial atención a la letra pequeña. Pueden existir cláusulas unilaterales para alterar las condiciones del préstamo o intereses extraordinarios en caso de aplazamiento que hay que tener en cuenta. Del mismo modo, hay que examinar detenidamente la relación entre la cuota mensual, los intereses y el periodo de vida del préstamo. Como norma, cuanto mayor es el periodo de amortización menor es la cantidad que se paga cada mes pero mayores los intereses que se terminan pagando en el toral de la operación.
Y como siempre, comparar con otros productos. Al final, se trata de tomar una decisión informada para que se adapte lo mejor posible a nuestras necesidades, incluso si lo que estamos contratando no es uno de los productos más beneficiosos del mercado.
Autor. José Treces. Analista financiero de Financialred.com
Foto Rainer Ebert
Comentarios
Hay que tener especial cuidado con determinados productos. Lo que representa una ventaja a corto plazo puede ser perjudicial a largo plazo y viceversa.