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Quedarse sin trabajo y comenzar a engrosar las listas de parados se está convirtiendo en una tónica habitual, para desgracia de muchos trabajadores hoy dÃa. La ayuda económica a la que pueden acceder estos trabajadores es a la prestación por desempleo en el caso de que se cumplan unos determinados requisitos.
La prestación de desempleo es un derecho consolidado que adquieren determinados trabajadores siempre y cuando se den una serie de circunstancias. Para el caso del desempleo o prestaciones contributivas, las condiciones que tiene que cumplir cualquier trabajador son las siguientes:
Estar afiliado a la seguridad social en cualquier régimen que tenga cotizaciones por desempleo. Se excluye el égimen general de autónomos y los supuestos especiales de vÃnculos familiares al régimen general que no coticen por este concepto.
Haber cotizado como mÃnimo 360 dÃas en los últimos seis años naturales en el régimen que de derecho a la prestación por desempleo.
No estar en edad de jubilación.
Haber finalizado la relación laboral mediante situación que origine el derecho al desempleo. Esta situación contempla despido, finalización de contrato a instancias de la empresa, expediente de regulación de empleo o reducción de jornada en más de un tercio de la duración inicial pactada.
El periodo máximo que tiene el trabajador en situación legal de desempleo para cursar su solicitud es de quince dÃas hábiles desde la finalización de la última relación laboral que haya tenido..
El primer paso que tenemos que hacer siempre es apuntarnos como demandantes de empleo en el INEM. Este requisito es imprescindible dado que la búsqueda activa de empleo durante nuestro perio de desempleo es un requisito primordial para que nos sea concedida la prestación.
Para llevar a cabo la solicitud, podemos optar por una solicitud presencial o una solicitud telemática de la misma. Dentro de los avances que se han producido últimamente en todas las administraciones, ya es posible cursar la solicitud de desempleo a traves de la web del Inem, además de la inscripción como demandante de empleo.
Este es el mecanismo de solicitud más rápido y cómodo para todos aquellos que necesiten cursar su solicitud. No obstante, para aquellos desempleados que no cuenten con la firma electrónica, necesaria para realizar este trámite el proceso a seguir en la solicitud presencial es el siguiente:
Confección de la instancia de solicitud de prestación de desempleo. Una vez rellena, imprimir dos copias, y presentarla en la oficina del Servicio Público de Empleo Estatal más cercana a su localidad. Con dicha olicitud tiene que adjuntar los siguientes documentos, originales y fotocopias para su cotejo:
Fotocopia del DNI.
Fotocopia del libro de familia en el caso de tener cargas familiares.
Certificados empresa que acrediten las bases de cotización de los últimos 180 dÃas cotizados.
Número de cuenta para domiciliaciones de la prestación por desempleo
Si nos disponemos a realizar la solicitud por medios telemáticos, nos tendremos que inscribir previamente como demandantes de empleo en la propia web del INEM. Una vez hecho este trámite y con nuestra firma electrónica, accederemos al portal de solicitud telemática de la prestación por desempleo.
En esta página, rellenaremos el formulario de solicitud y aportaremos todos los documentos requeridos por la propia plataforma. Una vez firmada y enviada, tendremos acceso al expediente, la situación en la que se encuentran nuestros pagos, los dÃas de prestación consumidos y los que nos quedan y algunas funcionalidades más como descarga de las nóminas abonadas o posibilidad de modificar la cuenta de domiciliaciones.
El importe a percibir por este derecho, presenta un cálculo relativamente farragoso, dado que se considera como base de cálculo la base media diaria de cotización por desempleo de los últimos 180 dÃas trabajados. Con esta base media, se aplican una serie de porcentajes correctores en función de los dÃas totales a los que tengamos derecho.
El derecho al desempleo se cuantifica a razón de cuatro meses de prestación por año trabajado con el lÃmite máximo de dos años de prestación. Dichos periodos se toman de seis en seis mese. Por ejemplo, si tengo cotizados 17 meses, me corresponderan 4 meses de prestación por desempleo.
Respecto a las cuantÃas económicas que se perciben, tenemos como lÃmites la menor de las siguientes cantidades:

O bien, el 70% de la media de las bases de cotización de los últimos seis meses. En el caso de tener derecho a más de seis meses de prestación, este porcentaje se verá disminuido a partir del séptimo mes al 60%.
El propio INEM pone a nuestra disposición un simulador de prestaciones por desempleo bastante útil para llevar a cabo todos esto cálculos respondiendo un sencillo cuestionario.
Existe una modalidad de solicitud de cobro Ãntegro de la prestación en un solo pago, siempre y cuando al encontrarnos en situación de desempleo nos decantemos por el autoempleo como opción para continuar nuestra vida profesional.
En este caso, se requiere darse de alta en autónomos de manera ininterrumpida al menos tres años, afiliarse a una cooperativa de trabajo asociado o entrar a formar parte de una sociedad laboral y justificar las cantidades a invertir en inmovilizado material o inmaterial.
En este supuesto, podremos recibir como un pago único el 70% de la prestación por desempleo que nos corresponda y aplicar el 30% restante al pago de las cuotas a la seguridad social del régimen especial de autónomos. Si nos hemos decantado por una cooperativa de trabajo asociado, el importe del pago único será el equivalente a la cuota de afiliación a la cooperativa con el lÃmite del 100% de la prestación.
En el supuesto de no cumplir los requisitos para solicitar el desemplo y encontrarse en una situación socialmente desprotegida, también podremos optar por una solicitud de subsidio de desempleo. Este punto lo desarrollaremos más adelante en otra guÃa.
Más Información | INEM - Servicio Público Estatal de Empleo
Imagen | Nuria_
Remo, editor de y El blog Salmón
CompletÃsima, como de costumbre, y muy muy útil en los tiempos que corren…
Gracias @mfdez ;-)
Un artÃculo tremendamente útil, completo y claro. Seguro que más de un lector echará mano de él.
Gracias Mare
BDL
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