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IRPF 2009
Una de las noticias que más han sorprendido al público en relación a la Declaración de Renta de este año es la referida a la tributación de la ayuda a la adquisición de coches del Plan 2000 E.

De los 2000 euros que el comprador recibió al adquirir el vehículo, los 500 procedentes de la Administración Central y los 500 de la Autonómica deberán computarse en parte general y tributarán al tipo marginal (se tendrá que devolver entre 240 a 430 a Hacienda de los 1000 euros recibidos de ayuda), como norma general; también veremos algunos casos particulares en que la tributación va a variar.

Para el público en general sorprende que se tenga que tributar por una subvención de este tipo devolver una ayuda; hubiese sido mucho más transparente que la subvención estuviera exenta de tributar o, en todo caso, en lugar de ser de 1000 euros (la parte en que contribuyen las Administraciones) hubiese sido de 500, por ejemplo. Pero no ha sido así en este caso.

Nos dice la normativa del IRPF que las subvenciones deberán computarse como una Ganancia Patrimonial; determinadas subvenciones no tributan si la ley las exceptúa expresamente, como serían los premios de la lotería del Estado, Cruz Roja y ONCE o determinados premios literarios, artísticos o científicos. De la subvención del Plan 2000 E no dice nada, por lo que no nos quedará más remedio que tributar en concepto de Ganancia Patrimonial. Y dependiendo de nuestra base imponible tributaremos entre un 24 y un 43% de los 1000 euros de subvención pública.

En el caso de que el contribuyente haya tenido en el 2009 pérdidas patrimoniales superiores a las ganancias, no se tributaría por la subvención del Plan 2000 E (siempre que se trate de pérdidas integrables en la base imponible general y no en la base imponible del ahorro). Por ejemplo, si al vender las participaciones de un fondo de inversión se ha perdido más de 1000 euros y la única ganancia patrimonial ha sido la de la subvención.

También hay que comentar el caso particular de contribuyentes no obligados a declarar que, por haberse visto beneficiados de la ayuda del Plan 2000 E tengan que tributar y presentar la declaración del IRPF. En principio, una persona que obtiene sus ingresos exclusivamente de nómina y ha ganado en el 2009 menos de 22.000 euros de un solo pagador o menos 11.200 euros si proceden de diferentes pagadores no estaría obligado a presentar declaración de renta.

Añade la normativa que en el caso anterior, si las ganancias patrimoniales no han sido superiores a 1000 euros anuales en conjunto tampoco estarán obligados a declarar en renta. El problema es que se hayan tenido otras ganancias patrimoniales, por pequeñas que sean, aparte de la ayuda para comprar un coche. Por ejemplo, un contribuyente que ha ganado 10.000 euros de su trabajo, ha vendido unas acciones que le han supuesto ganar 100 euros y se ha beneficiado del Plan E, deberá tributar, al ser su ganancia patrimonial conjunta de 1100 euros.

Mi valoración particular es que esta ayuda para adquirir un coche se ha comunicado al público de forma inadecuada. Lo malo no es que se tenga que tributar por ella, es no haberlo dejado claro cuando se anunció. Mejor habría sido que las Administraciones hubiesen puesto menos dinero y que ahora los contribuyentes estuvieran exentos de tributar.

Más Información | Manual Práctico IRPF 2009 (PDF)
En Actibva | Renta 2009: descarga del programa PADRE y novedades fiscales

Pau A. Monserrat, editor de Futur Finances

Comentarios

  • 1
    valoración  15

    Pues no comparto que las subvenciones se entreguen libres. Si se hace así, no pagaría más el que más tuviera y todos seríamos iguales frente una subvención ayudando por igual a los que más tienen y a los que menos tienen

  • 2
    valoración  15

    Yo no le veo sentido a la subvención en si, pero si se hace, tampoco entiendo que se deba devolver. Para eso mejor habérsela dado directamente al fabricante y que lo descontara del precio. El tema de la progresividad la entiendo, pero no se explicó cuan do se ofertó el plan 2000E

  • 3
    valoración  35

    Lo peor es no haberlo explicado claramente: "sr. beneficiario del Plan E, puede adquirir un vehículo añadiendo 1700 a lo que estuviera dispuesto a pagar antes y guardando 300 (las cifras son un ejemplo) para Hacienda". Incluso dudo de que Hacienda tuviera prevista esta "devolución", y tal vez se hayan dado cuenta al resolver alguna duda al respecto.

  • 4
    valoración  12

    Bueno, no comparto las tesis, dado que por definición las subvenciones están sujetas a IRPF. Dar subvenciones exentas muy mayopritarias crean distorsiones importantes.

    Eso si, no hubiera estado de más avisar que esto para IRPF como apuntais todos

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