blog

Transferencia

En el anterior post procedimos a abrir una cuenta corriente en una sucursal, puerta que nos abre el acceso a un nuevo mundo de productos bancarios diferentes; algunos nos son muy familiares y otros solo los conocemos de oídas. Empezaremos por uno de los servicios que utilizamos con más frecuencia: las transferencias bancarias.

Con este manual no pretendemos convertiros en expertos del mundo financiero, si bien nos encantaría que después de su lectura os sintierais más preparados para descifrar la jerga financiera y evaluar con conocimiento de causa la conveniencia de contratar un productos u otro y entender lo que se contrata y sus implicaciones.

Empecemos por definir formalmente el concepto de transferencia:

Es una operación en virtud de la cual el titular de una cuenta corriente (ordenante) da instrucciones a la entidad financiera para que le cargue en cuenta una cantidad para que sea abonada en otra cuenta (cuyo titular es el beneficiario), de la misma o de otra entidad.

Las podemos clasificar en:

  • Transferencia interior: la cuenta corriente de cargo y la de abono están abiertas en el mismo banco o caja de ahorros.
    Traspaso: Transferencia entre cuentas del mismo titular.

  • Transferencia exterior: Entre cuentas abiertas en diferentes entidades financieras.
    Directa: Transferencia de fondos entre un banco emisor y un banco destinatario.
    Indirecta: Se utilizan entidades financieras intermedias , al no tener en banco emisor y el destinatario un contrato de corresponsalía, pero si el banco que actúa de intermediario entre ambos.

La función básica de la transferencia, como es sabido por todos, es la de movilizar dinero sin tener que transportarlo físicamente. Por este servicio se suele cobrar una comisión, salvo en los traspasos. Muy recientemente, en el BOE de día 14 de noviembre de este año, se ha publicado la Ley 26/2009, de 13 de noviembre, de servicios de pago, que regula los ingresos y reintegros de efectivo, las ejecuciones de pago (transferencias, adeudos domiciliados, pagos mediante tarjeta y pagos por internet, entre otros).

Esta nueva regulación acaba con una tónica muy generalizada del derecho bancario, cuyos servicios muchas veces están regulados mediante las cláusulas generales confeccionadas por una de las partes, la entidad financiera, y no por una regulación legislativa concreta para cada tipo de instrumento bancario.

Destacar que uno de los efectos positivos para el cliente, siempre que las entidades financieras no lo repercutan en sus comisiones, es que como norma general los fondos deberán estar disponibles para el beneficiario al día siguiente a la ejecución del servicio de pago. Antes, por ejemplo, desde que ordenábamos una transferencia hasta que computaba como fecha valor en la cuenta del beneficiario pasaban varios días. Ya no; si hacemos una transferencia el lunes, el martes debe estar en la cuenta corriente del beneficiario.

Importante novedad es también la creación de las Entidades de Pago (EP), nuevos competidores para la banca tradicional, tipo grandes superficies o concesionarios, que podrán prestar y ejecutar los servicios de pago relacionados en la ley. Las cuentas en estas entidades se denominaran cuentas de pago, y únicamente se podrán usar para operaciones de pago, sin posibilidad de devengar intereses. Por tanto, en un futuro será posible ejecutar transferencias desde una EP a otra EP, sin pasar el dinero por una entidad financiera.

Pasamos ahora a comentar cuándo el ordenante puede revocar la orden de transferencia, es decir, volver atrás una transferencia ordenada equivocadamente, por importe o beneficiario erróneo, por ejemplo. Anteriormente a la nueva legislación ya se permitía que el ordenante revocase la transferencia mientras no se hubiese producido el abono correspondiente. Normalmente, teníamos un día o dos para retroceder la operación. Con la nueva regulación solo tendríamos tiempo de revocar la transferencia el mismo día o el día siguiente si la orden hubiese sido efectuada en un día inhábil.

Otro caso típico que puede ocurrirnos al dar una orden de transferencia a nuestro banco es que nos hayamos equivocado con el nombre o con alguno de los 20 dígitos del Código de Cuenta Corriente (CCC); imaginemos que os equivocáis en los últimos 10 dígitos, que se corresponden con el número de cuenta o en el nombre exacto del beneficiario. En este caso los sistemas informáticos remiten esta transferencia a una cuenta pendiente intermedia de la sucursal. El empleado de dicha oficina recibe un listado de transferencias pendientes de abonar y manualmente las abona en las cuentas correspondientes. En caso de que no sea posible identificar el beneficiario, se devuelven al banco emisor, normalmente. El dinero no se pierde, está en alguna cuenta contable que hay que localizar.

La casuística es más amplia, pero pretendemos haber tocado alguno de los casos más representativos de esta modalidad de pago denominado transferencia.

Más Información | Ley 26/2009 de Servicios de Pago (PDF)
En Actibva | Manual práctico de productos financieros: La titularidad de la cuenta corriente
Imagen | juanpol, Flickr

Pau A. Monserrat, editor de Futur Finances

Comentarios

  • 1
    valoración  12

    Siempre me había preguntado qué ocurriría si me equivoco con el CCC al hacer una transferencia bancaria, ahora ya tengo la respuesta :)

  • 2
    valoración  28

    Yo tampoco lo sabía, un post muy práctico e interesante.

Los comentarios a este poste han estado cerrados

PUBLICIDAD

Otros artículos

Devolución Renta 2008: cómo hacer para que te llegue más rápido

La obligación de la presentación de la declaración de la renta, consiste al fin y al cabo en realizar la liquidación definitiva de nuestro impuesto del año anterior. En este caso, sobre el impu...

Eliminación de la deducción de los 400 euros ¿por qué bajan las nóminas?

Los trabajadores en general desconocen ampliamente los conceptos que diferencian la retribución salarial que reciben. El desglose de partidas de una nómina es un desglose que conviene conocer con ...

Contratar la mejor hipoteca (3): Entrando por la puerta de la sucursal

Después de llegar a un acuerdo sobre el precio de la compra-venta, se nos presenta el momento decisivo en la tramitación de una hipoteca: Vernos cara a cara con el director de sucursal. Hay que ...

Simulador de IRPF 2009

El simulador de IRPF que os presentamos hoy es una herramienta adecuada para ir realizando los cálculos previos de nuestra próxima declaración de la renta. Para ajustar nuestra factura fiscal es ...

La Ley Omnibus o la liberalización del sector servicios

No es tarea fácil resumir una ley que modifica 47 leyes estatales, publicada para adaptar la legislación española a la Directiva Bolkestein, más exactamente la Directiva 2006/123/CE, que persigu...

Marc Roisin: "el desafío del comercio electrónico es generar confianza"

Marc Roisin es el co-fundador y CEO de Vinogusto. Vinogusto es una plataforma y red social dedicada al mundo del vino, centralizada en Bruselas. Después de dos años de trayectoria ascendente se en...

Cómo ayudar a Haití: relación de ONGs y webs para donativos

Hoy es un día triste para todos. Nos vais a permitir que dejemos aparcadas por momentos nuestra línea editorial habitual para solicitar la ayuda y colaboración de todos los lectores. Como ya sabrei...

Resolución anticipada de hipoteca: ¿Cuándo se exige la devolución del préstamo?

La gente que ha firmado una hipoteca recuerda que un día se sentó ante un notario que, en el mejor de los casos, le explicó que se comprometía a pagar un préstamo con unas condiciones financier...

Consejos para contratar la mejor hipoteca (2): La negociación del precio de compra-venta

Hemos visto la importancia de asesorarnos bien y conocer los pasos a seguir en la tramitación de un préstamo hipotecario para adquirir una vivienda. La semana pasada tratamos con más detalle co...

Marta Esteve: en España tenemos el síndrome de "persiana cerrada"

Marta Esteve es CEO de Rentalia, portal web dedicado a la intermediación web de alquileres vacacionales. Esta mujer emprendedora y empresaria, gestiona este portal y otras series de inversiones en ...

La cuenta corriente y las buenas prácticas bancarias

Por medio del contrato de cuenta corriente el banco realiza, por cuenta del cliente, las actividades propias del servicio de caja, que comprenden entre otras: órdenes de pago, abonos, cargos, liq...

¿Cuántas cuentas y tarjetas tener?

El número de cuentas y tarjetas óptimo depende de cada persona. No obstante existe quien tiene ideas diferentes. En esta entrada vamos a comentar las distintas opciones, con sus ventajas y desve...

Hal cash: medio de pago por cajero sin tarjeta de débito

Dentro de las innovaciones en los medios de pago, una de las fórmulas para llevar a cabo micropagos o disposiciones de efectivo es el hal cash. El hal cash es un medio de pago a través de cajero d...

Los Censos, un derecho real arcaico pero vigente

No se asuste el lector por este título tan rimbombante. Vamos a tratar de explicar con la mayor claridad posible en que consiste este curioso y usual derecho real, aun que bastante desconocido, lla...

La colación y el albacea

La colación es agregar bienes a la herencia que uno de los herederos forzosos había recibido por parte del fallecido antes de la muerte. En principio la colación parece inventada para no perjud...

comentarios